"DIFERENCIA
ENTRE LOS COPAGOS Y LAS CUOTAS MODERADORAS"
OBJETIVO:
Reconocer en que eventos se cobra una cuota moderadora o un copago y a quienes.
METODOLOGÍA:
1. Es importante
que las cuotas moderadoras y los copagos, se encuentran definidas y
Reglamentadas en el Acuerdo 260 del Consejo Nacional de
Seguridad Social en Salud. Se
Complementan con las disposiciones de la Ley 1122 de 2006
en su artículo 14 y con el
Acuerdo 365 del CNSSS. Repáselos
CUESTIONARIO
1. ¿Qué
diferencia existe entre cuota moderadora y copago? ¿Para qué sirven?
Los copagos los paga este o no afiliado a la EPS, en
cambio los pagos moderados son más susceptibles a los afiliados o que pagan su
salud
2. ¿Quién
recauda las cuotas moderadoras y los copagos?
Pagos moderados: la EPS dela región contributiva, copagos:
la EPS en el Régimen Contributivo y en el
Régimen Subsidiado
3. ¿Quién
paga las cuotas moderadoras y en qué casos?
Cuota
moderadora en
el régimen contributivo: Los afiliados cotizantes y los afiliados
beneficiarios deben pagar a las EPS cuando reciben los siguientes servicios
cubiertos en el POS:
- Consulta externa médica, odontológica, o paramédica (no médica).
- Consulta externa por médico especialista.
- Fórmula de medicamentos para tratamientos
ambulatorios. La
cuota moderadora se cobrará por la totalidad de la orden expedida en una
misma consulta, independientemente del número de medicamentos formulados.
- Exámenes de diagnóstico por laboratorio
clínico,
ordenados en forma ambulatoria y que no requieran autorización adicional a
la del médico tratante. La cuota moderadora se cobrará por la totalidad de
la orden expedida en una misma consulta, independientemente del número de
exámenes incluidos en ella.
Exámenes de diagnóstico por imagenología,
ordenados en forma ambulatoria y que no requieran autorización adicional a la
del médico tratante. La cuota moderadora se cobrará por la totalidad de la
orden expedida en una misma consulta, independientemente del número de exámenes
incluidos en ella.
4. ¿Quién
paga los copagos y en qué casos?
Copagos en el
régimen contributivo: los afiliados cotizantes no pagan copagos por ningún servicio cubierto
en el POS. Los afiliados beneficiarios si deben pagar copago a su EPS cuando
reciben atención con servicios cubiertos en el Plan Obligatorio de Salud como
por ejemplo hospitalización, procedimientos o tratamientos
quirúrgicos, conexcepción de lossiguientes:Servicios de promoción y
prevención
- Programas
de control en atención materno infantil
- Programas
de control en atención de las enfermedades trasmisibles
Eventos y
servicios o tratamientos de alto costo que, según el
artículo 45 del Acuerdo 029 de la Comisión de Regulación en Salud- CRES-, son:
1.
Trasplante renal, de corazón, de hígado, de médula ósea y de córnea.
2. Diálisis peritoneal y hemodiálisis.
3. Manejo quirúrgico para enfermedades del corazón.
4. Manejo quirúrgico para enfermedades del sistema nervioso central.
5. Reemplazos articulares.
6. Manejo médico-quirúrgico del Gran Quemado.
7. Manejo del trauma mayor.
8. Diagnóstico y manejo del paciente infectado por VIH.
9. Quimioterapia y radioterapia para el cáncer.
10. Manejo de pacientes en Unidad de Cuidados Intensivos.
11. Manejo quirúrgico de enfermedades congénitas.
2. Diálisis peritoneal y hemodiálisis.
3. Manejo quirúrgico para enfermedades del corazón.
4. Manejo quirúrgico para enfermedades del sistema nervioso central.
5. Reemplazos articulares.
6. Manejo médico-quirúrgico del Gran Quemado.
7. Manejo del trauma mayor.
8. Diagnóstico y manejo del paciente infectado por VIH.
9. Quimioterapia y radioterapia para el cáncer.
10. Manejo de pacientes en Unidad de Cuidados Intensivos.
11. Manejo quirúrgico de enfermedades congénitas.
5. ¿Si estoy inscrito, por ejemplo, en el programa de
atención de la hipertensión arterial, En el cual tengo una serie de actividades
rutinarias de control, debo pagar cada vez que Voy cuota moderadora?
Para los casos, en los cuales el usuario
está inscrito o se somete a un programa especial de atención integral para
enfermedades específicas, en el cual se debe seguir un plan rutinario de
actividades de control, no habrá lugar a cobro de cuotas moderadoras en dichos
servicios.
5. ¿Sólo
el nivel 1 del SISBEN está exento de pagar copagos?
Si. Efectivamente, solamente los
afiliados del régimen subsidiado en salud clasificados en el nivel 1 del Sisbén
o el instrumento que lo remplace están exentos de pagar copagos cualquiera sea
la edad y el servicio o la causa de la atención. Dicha disposición está
estipulada en la Ley 1122, Capitulo IV, artículo 14, literal g) y en el Acuerdo
365 del CNSSS.
7. ¿Debo pagar copago o cuota moderadora cuando recibo
atención odontológica?
Enelrégimencontributivo, todo afiliado cotizante y afiliado beneficiario en caso de
atención odontológica debe pagar cuota moderadora por la consulta para
diagnóstico, examen y recomendación o formulación de tratamiento.
En caso de tratamiento, el
afiliado beneficiario en
régimen contributivo debe pagar copago por cualquiera de los procedimientos
cubiertos en el Plan Obligatorio de Salud, como por ejemplo los de Operatoria
(calzas) o de cirugía (extracciones). Como estos tratamientos se suelen hacer
en varias sesiones el monto a pagar se calcula con base en el valor total del
tratamiento aplicando lo establecido en el Acuerdo 260. El
afiliado cotizante no
está obligado a pagar copagos en ningún caso o servicio.
En
el régimen subsidiado sólo se paga copago por
los tratamientos cubiertos en el Plan Obligatorio de Salud de dicho régimen,
igualmente calculando el monto según lo señala el Acuerdo 260, es decir con
base en el valor total del tratamiento y no por cada sesión o por cada vez que
el paciente asiste para el mismo.
TALLER
6
Clasificación
de factores de riesgo de acuerdo a las condiciones de trabajo.
Para cumplir con lo anterior debe leer y entender el
documento. MANUAL DE
DETERMINACIÓN DE SIGNIFICANCIA DE RIESGOS Y PELIGROS.
1. Debe construir un mapa conceptual para cada factor de
riesgo y luego sustentar
En plenaria
Tomado de varias
fuentes para fines de formación profesional por:
Jorge Eduardo Balbero Osorio
Enfermero – Biólogo
DESARROLLO
MAPA CONCEPTUAL
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